El contrato mercantil es la definición de un acuerdo que se genera entre diferentes voluntades jurídicamente vinculantes entre personas que tienen intereses distintos. De ahí que esté dirigido a crear, modificar, transferir o extinguir los correspondientes derechos patrimoniales.

En el contrato mercantil las partes acceden a intercambiar un tipo específico de servicio a cambio de un precio establecido y por un período de tiempo.
¿En qué consiste el contrato mercantil?
Se trata, sin lugar a dudas, de un elemento imprescindible para los negocios y es un tipo de contratación que surgió, por primera vez, en la Edad Media como respuesta a los requerimientos y necesidades específicas del comercio para aquel entonces.
Sin embargo, es importante destacar que se trata de un modelo de contrato que ha evolucionado a lo largo de los siglos y al mismo tiempo ha servido de base para la regulación jurídica de las empresas en la actualidad.
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Consultar abogadoOtra forma de definir este modelo es como un contrato que está sujeto a normas mercantiles. Por otro lado, según lo establecido por el Código de Comercio, reputan los actos de comercio según lo establecido en las normas de naturaleza análoga.
Sin embargo, no hay unas características lo suficientemente claras como para catalogar a un contrato como mercantil o no. Pese a ello, no se encuentra una lista cerrada de contratos mercantiles, por lo que los propios comerciantes pueden, a través de la propia evolución de sus negocios, crear nuevas figuras de este tipo de contrato.
Diferencias con el contrato laboral
En este sentido, es importante destacar cuáles son las diferencias con respecto al contrato laboral.
- Por un lado, el contrato laboral está pensado en las relaciones de dependencia, por lo que es el propio empleador el que organiza y dirige a todos los trabajadores que están a su cargo.
- El contrato mercantil, por otro lado, es una de las formas más habituales, aunque no es la única.
Otra de las diferencias más destacadas del contrato mercantil en comparación al contrato laboral es la libertad que reside en cada uno de los contratantes. También es un tipo de contrato en el cual se pueden especificar muchos aspectos considerados como prohibidos en el contrato laboral.
De hecho, el contrato laboral se elabora en función de unas normas y convenios en específico, lo que marca los cauces en función de la relación que se puede desarrollar entre las dos partes.
Principales requisitos del contrato mercantil
Los contratos mercantiles se regulan en función de sus propios requisitos, excepciones, modificaciones, interpretaciones, extinción y la capacidad de las contrapartes por las correspondientes normas civiles. Pese a ello, para la elaboración de este tipo de contrato se debe aplicar el correspondiente Código de Comercio, así como otras leyes especiales en aquello que se expresa claramente. De ahí que se deba recurrir a las normas de cada contrato para verificar cualquier tipo de particularidad.
Uno de los aspectos esenciales para que un contrato sea mercantil es que una de las partes sea un comerciante. Pese a ello, el Código de Comercio no establece una definición lo suficientemente clara de esta parte del contrato. Sin embargo, se entiende como aquellos que teniendo capacidad legal para ejercer el comercio se dedican a él de forma habitual. De igual forma, las compañías industriales o mercantiles se consideran a aquellas que se constituyen con arreglo a ese código.
Por todo lo anterior, sucede que se asimila de forma general el concepto de comerciante al de empresario, por lo que se aplica a los que se dedican mutuamente, tanto de forma directa como por medio de representantes a ordenar por cuenta propia, tanto medios materiales, intangibles y humanos.
Pese a lo anterior, es importante destacar que hay ciertas figuras que quedan, completamente por fuera, de la definición de comerciante, como es el caso de los ganaderos, agricultores y profesionales. La única excepción a lo anteriormente descrito es que dichas figuras organicen la actividad laboral y económica que realizan a través de una sociedad mercantil.
En lo que se refiere a la forma de los contratos mercantiles, pese a que no hay reglas especiales, siempre rige la libertad de forma, por lo que no es estrictamente necesario que lo establecido sea de forma escrita porque solo valdría la contratación de palabra.
Sin embargo, no es lo más recomendable porque se pueden generar escenarios de confusión con respecto al objetivo de la contratación y las cláusulas. De ahí que pueda ser habitual figurar por escrito o que se otorgue como una escritura pública ante un notario. Lo anterior es la situación más recomendable en los casos más importantes.
Contenido de los contratos mercantiles
Si bien los contratos mercantiles son completamente libres, es importante destacar que hay varios límites. Al igual que los contratos civiles, estos tampoco pueden, en ningún momento, contrariar la ley, el orden público ni la moral general. De igual forma, es importante examinar en cada caso si las normas que el contrato establece algún tipo de prohibición específica.
Con respecto a los requisitos de la contratación mercantil, se exigen, como mínimo, tres requisitos, siendo el primero el consentimiento de los contratantes o un objeto que sea materia de contrato y la causa de la correspondiente obligación previamente establecida de forma oral entre las partes interesadas.
Consecuencia de lo anterior es la importancia de los vicios que puedan afectar el consentimiento, como es el caso de la violencia en general, la intimidación, el error y también el dolo. Si cualquiera de los vicios anteriores interviniera para la elaboración del contrato, es posible anular por completo dicho contrato.
Así mismo, al igual que ocurre con cualquier otro tipo de contrato, no es posible tomarse la justicia de forma personal. De ahí que si la otra parte, por cualquier tipo de razón, no cumple con lo establecido en el contrato, se puede requerir de forma directa que lo haga, y en caso de negarse llevar la situación a los tribunales y los jueces.
De esta manera, es posible solicitar un juicio en el cual se declare el derecho para que la otra parte cumpla con lo establecido y, en caso de no hacerlo, es posible acudir a los juzgados para que ejecute su parte forzadamente.
Conclusiones
En conclusión, el contrato mercantil es un acto judicial en el cual se define el tipo de relación que se va a generar entre dos personas físicas o jurídicas. En el mismo, las partes acceden a intercambiar un tipo específico de servicio a cambio de un precio establecido y por un período de tiempo específico.
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