¿Quién debe pagar el seguro de hogar de la vivienda familiar en caso de divorcio?

Como regla general, el seguro de hogar es un gasto inherente a la propiedad, por lo que debe pagarlo quien sea propietario y figure como tomador del seguro. Además, se tienen en cuenta los siguientes criterios:

  • Si la vivienda aún es ganancial, el gasto se considera carga común, y ambos cónyuges deben asumirlo. Si lo paga uno solo, podrá reclamar al otro su parte.
  • Tras la adjudicación de la vivienda a uno solo, este es el obligado al pago, salvo pacto en contrario o decisión judicial.
  • Si el uso se concede al cónyuge no titular, en principio no se modifica la regla, salvo que lo disponga expresamente el juez.
  • En caso de hipoteca conjunta, ambos responden solidariamente frente al banco, pero el reparto interno depende de quién sea titular de la vivienda y de lo que se haya pactado en el convenio regulador o haya dispuesto el juez en sentencia.
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