¿Cuál es la diferencia entre el convenio regulador y la sentencia de divorcio?
El convenio regulador es el documento en el que los cónyuges (o los progenitores, en los procesos de medidas paternofiliales) recogen los acuerdos alcanzados para regular las consecuencias de su separación o divorcio, y/o en relación con los hijos, en los procedimientos de mutuo acuerdo, y puede ser aprobado por el juez por medio de sentencia, por el letrado de la Administración de Justicia por medio de decreto, o por el notario, mediante la formalización en escritura pública.
La sentencia de divorcio solo puede ser dictada por el juez, y recoge las medidas definitivas adoptadas por él en un procedimiento contencioso o la aprobación del convenio regulador en un procedimiento de mutuo acuerdo. Estas son las dos únicas opciones de tramitación cuando hay hijos menores o mayores con discapacidad implicados en el procedimiento.
Tanto sentencia como convenio recogen las medidas adoptadas en relación con los bienes y/o los hijos de la pareja.
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