¿Es posible acogerse a la Ley de la Segunda Oportunidad teniendo antecedentes penales?

Sí, es posible acogerse a la Ley de la Segunda Oportunidad aunque se tengan antecedentes penales, siempre que no se trate de condenas firmes dictadas en los últimos 10 años y por determinados delitos. 

Conforme al artículo 487.1.1.º de la Ley Concursal, no podrá obtenerse la exoneración del pasivo insatisfecho si existe una sentencia firme que imponga pena privativa de libertad (aunque esté suspendida o sustituida) por:

  • Delitos contra el patrimonio o el orden socioeconómico.
  • Falsedad documental.
  • Delitos contra la Hacienda Pública, la Seguridad Social o los derechos de los trabajadores,

Ello siempre que el delito tenga señalada una pena máxima igual o superior a 3 años.

No obstante, si la responsabilidad criminal ya se ha extinguido y las deudas derivadas del delito han sido pagadas en el momento de presentar la solicitud, no se entendería incumplido el requisito de buena fe, que es necesario para acogerse al procedimiento.

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