Los antecedentes penales son los datos y registros de las sentencias firmes y de culpabilidad que posee una persona mayor de 18 años por cometer algún delito.

Los antecedentes penales son los datos sobre las condenas penales que posee una persona mayor de 18 años.
Por lo tanto, los datos de las condenas penales quedan registrados de manera oficial en el Registro Central de Penados. Toda la información contenida en este registro sobre las condenas de una persona se recoge en el Certificado de Antecedentes Penales, que supone el único documento oficial con este tipo de información.
¿Cuáles son los aspectos más importantes acerca del Certificado de Antecedentes Penales?
Es importante saber que estos antecedentes tienen una validez determinada (no son vitalicios).
Si transcurre un periodo de tiempo y se cumplen una serie de requisitos tras el cumplimiento de la pena estos antecedentes desaparecen, es decir, se cancelan. Las condenas canceladas no aparecerán en el certificado de antecedentes penales.
Los plazos para la cancelación de antecedentes penales dependerán del tipo de pena impuesta y de la gravedad del delito, y se establecen en el artículo 136 del Código Penal.
1. Los condenados que hayan extinguido su responsabilidad penal tienen derecho a obtener del Ministerio de Justicia, de oficio o a instancia de parte, la cancelación de sus antecedentes penales, cuando hayan transcurrido sin haber vuelto a delinquir los siguientes plazos:
a) Seis meses para las penas leves.
b) Dos años para las penas que no excedan de doce meses y las impuestas por delitos imprudentes.
c) Tres años para las restantes penas menos graves inferiores a tres años.
d) Cinco años para las restantes penas menos graves iguales o superiores a tres años.
e) Diez años para las penas graves.
No se deben confundir los antecedentes penales con los antecedentes policiales. Los antecedentes policiales consisten en que la policía recoge ciertos datos personales de individuos que están siendo investigados por infracciones o delitos que todavía no se han puesto a disposición judicial.
¿Cuándo se emite el Certificado de Antecedentes Penales?
Este certificado se emite al instante de ser solicitado. No obstante, si esto no ocurriera, se han de tener en cuenta las siguientes indicaciones del Ministerio de Justicia:
- Como justificante de su solicitud, podrá descargar un documento con los comprobantes del pago y del registro de la solicitud, firmado electrónicamente por el Ministerio de Justicia. No olvide guardar o imprimir este justificante. En el mismo se incluye un número de solicitud que necesitará para la descarga del certificado en formato electrónico, cuando el mismo esté disponible.
- El certificado estará disponible como norma general a las 24 horas de su solicitud, no obstante es necesario prever que en determinados casos puede ser necesario un periodo mayor, en general no superior a 3 días hábiles. El plazo que la Administración tiene para dicha expedición es de 10 días hábiles desde la recepción de la solicitud.
- Si lo desea, en el formulario de solicitud, puede indicar una dirección de correo electrónico y recibirá un aviso cuando el certificado esté disponible.
Además, si el certificado no se puede expedir electrónicamente, se pondría en conocimiento del interesado la causa.
¿Cómo se puede consultar el contenido del Certificado?
Para consultar el certificado telemáticamente, basta con introducir el número de solicitud que aparece en el justificante de solicitud de certificado.
¿Cómo verificar el Certificado de Antecedentes Penales?
Aquellos que vayan a recibir el Certificado electrónico de Antecedentes Penales serán los encargados de comprobar su validez. Para ello, deberán utilizar el Código Seguro de Verificación (CSV) que viene incluido en el propio certificado.
¿Quién puede solicitarlo?
Toda persona física mayor de edad y cualquier persona jurídica mediante sus representantes legales podrán solicitar el Certificado de Antecedentes Penales.
Además, desde el Ministerio de Justicia también se afirma que, siguiendo la regulación europea, cuando se solicite dicho certificado por ciudadanos de países miembros de la Unión Europea de nacionalidad distinta a la española, se solicitará información sobre sus antecedentes a la autoridad central del Estado de su nacionalidad, que se adjuntará al certificado español que se expida.
¿Cómo se puede presentar la solicitud para la obtención del certificado?
Todo interesado en obtener el Certificado de Antecedentes Penales, podrá realizar la solicitud por alguna de las siguientes vías:
- Presencial.
- Por correo.
- Por internet.
¿Cuál es el entramado legal que se encuentra detrás de todos estos trámites?
La normativa que regula cada una de las cuestiones relacionadas con el Certificado de Antecedentes Penales, se encuentra en los siguientes cuerpos legales:
- Orden JUS/2871/2010, de 2 de noviembre, por la que se determinan los requisitos y condiciones para tramitar por vía telemática las solicitudes de los certificados de antecedentes penales.
- Real Decreto 95/2009, de 6 de febrero, por el que se regula el Sistema de registros administrativos de apoyo a la Administración de Justicia.
- Real Decreto 1553/2005, de 23 de diciembre, por el que se regula la expedición del Documento Nacional de Identidad y sus certificados de firma electrónica.
- Ley Orgánica 15/1999, de 13 de Diciembre, de Protección de Datos de carácter personal.
- Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal, en particular el artículo 136.4.
- Orden de 22 de marzo de 1994 por la que se dictan instrucciones complementarias para la expedición de certificados de antecedentes penales por correo.
- Órdenes Ministeriales de 6 de abril y 3 de junio de 1993, sobre expedición del certificado por el Ministerio de Justicia.
- Ley Orgánica 1/1982, de 5 de mayo de Protección Civil del derecho al honor, a la intimidad personal y familiar y a la propia imagen.
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