Artículo 2072 del Código Civil

Artículo 2072. Derechos y obligaciones del Estado y persona jurídica de derecho público

Los Estados y demás personas jurídicas extranjeras de Derecho Público, así como las personas jurídicas internacionales de Derecho Público cuya existencia emane de acuerdos internacionales obligatorios para el Perú, pueden adquirir derechos y contraer obligaciones en el país, de conformidad con las leyes peruanas.

art 2072 cc

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