Artículo 2068 del Código Civil

Artículo 2068. Principio y fin de la persona natural

El principio y fin de la persona natural se rige por la ley de su domicilio.

Cuando un efecto jurídico dependa de la sobrevivencia de una u otra persona y éstas tengan leyes domiciliarias distintas, y las presunciones de sobrevivencia de esas leyes fueran incompatibles, se aplica lo dispuesto en el artículo 62.

art 2068 cc

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