Medidas cautelares

Las medidas cautelares son resoluciones provisionales dictadas por una autoridad judicial para proteger derechos, personas o bienes mientras se resuelve definitivamente un juicio o procedimiento.
Ideas clave
  • Las medidas cautelares son instrumentos procesales que buscan proteger el objeto del proceso y asegurar la eficacia de la resolución definitiva.
  • Su finalidad es evitar daños o riesgos durante el juicio, como la ocultación de bienes, la destrucción de pruebas o la evasión del imputado.
  • No constituyen una sentencia anticipada ni implican un reconocimiento de culpabilidad.
  • En México, se regulan principalmente en los artículos 153 a 175 del Código Nacional de Procedimientos Penales, aunque existen en otras ramas del Derecho.
  • Solo pueden ser impuestas por resolución judicial y durante el tiempo estrictamente necesario.
  • Su objetivo es garantizar la presencia del imputado, proteger a la víctima o testigos y evitar la obstaculización del procedimiento.
  • El artículo 155 del CNPP prevé 14 medidas cautelares, entre ellas la presentación periódica, el embargo de bienes, la inmovilización de cuentas o la prohibición de salir del país, entre otras.
  • El incumplimiento de las medidas cautelares puede dar lugar a su revisión o, en determinados casos, al arresto del imputado.
  • Las medidas cautelares se diferencian de las medidas de protección porque las primeras aseguran el proceso, mientras que las segundas buscan proteger de forma inmediata la vida, integridad o libertad.
  • En algunos procedimientos, las medidas cautelares y las medidas de protección pueden coexistir y aplicarse simultáneamente.

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¿Qué son las medidas cautelares?

Las medidas cautelares son instrumentos procesales destinados a conservar la materia del juicio y evitar daños mientras la autoridad dicta una resolución definitiva.

Los procesos judiciales pueden prolongarse durante meses o años. Durante ese tiempo, una persona podría vender sus bienes, ocultar dinero, destruir documentos, abandonar el lugar del procedimiento, continuar ejerciendo violencia o realizar actos que dificulten el cumplimiento de la futura sentencia.

Para impedirlo, el juez puede ordenar temporalmente determinadas conductas o restricciones. Por ejemplo, puede prohibir la venta de un inmueble, retener bienes, ordenar la separación de una persona del domicilio, fijar provisionalmente alimentos o imponer al imputado la obligación de presentarse periódicamente ante una autoridad.

La medida cautelar no constituye una sentencia anticipada. Su otorgamiento únicamente significa que existe una situación que requiere protección provisional mientras se analiza el fondo del asunto.

¿Dónde se regulan las medidas cautelares en México?

Esta figura no es exclusiva del derecho penal. Puede verse en diversos ordenamientos, como por ejemplo, en materia civil donde se les denomina medidas precautorias y son reguladas por el artículo 610 del Código de Procedimientos Civiles Federal.

También la materia de responsabilidad administrativa, por ejemplo en la Ley General de Responsabilidades Administrativas que las regula en su Título Segundo, Capítulo I, Sección Tercera.

En materia penal, las medidas cautelares se regulan principalmente en el Código Nacional de Procedimientos Penales, especialmente en sus artículos 153 a 175.

Las medidas cautelares serán impuestas mediante resolución judicial, por el tiempo indispensable para asegurar la presencia del imputado en el procedimiento, garantizar la seguridad de la víctima u ofendido o del testigo, o evitar la obstaculización del procedimiento.

Corresponderá a las autoridades competentes de la Federación y de las entidades federativas, para medidas cautelares, vigilar que el mandato de la autoridad judicial sea debidamente cumplido.

Artículo 153 del Código Nacional de Procedimientos Penales

¿Cuáles son las medidas cautelares?

El artículo 155 del Código Nacional de Procedimientos Penales establece 14 medidas cautelares distintas:

A solicitud del Ministerio Público o de la víctima u ofendido, el juez podrá imponer al imputado una o varias de las siguientes medidas cautelares:

I. La presentación periódica ante el juez o ante autoridad distinta que aquél designe;

II. La exhibición de una garantía económica;

III. El embargo de bienes;

IV. La inmovilización de cuentas y demás valores que se encuentren dentro del sistema financiero;

V. La prohibición de salir sin autorización del país, de la localidad en la cual reside o del ámbito territorial que fije el juez;

VI. El sometimiento al cuidado o vigilancia de una persona o institución determinada o internamiento a institución determinada;

VII. La prohibición de concurrir a determinadas reuniones o acercarse o ciertos lugares;

VIII. La prohibición de convivir, acercarse o comunicarse con determinadas personas, con las víctimas u ofendidos o testigos, siempre que no se afecte el derecho de defensa;

IX. La separación inmediata del domicilio;

X. La suspensión temporal en el ejercicio del cargo cuando se le atribuye un delito cometido por servidores públicos;

XI. La suspensión temporal en el ejercicio de una determinada actividad profesional o laboral;

XII. La colocación de localizadores electrónicos;

XIII. El resguardo en su propio domicilio con las modalidades que el juez disponga, o

XIV. La prisión preventiva.

Las medidas cautelares no podrán ser usadas como medio para obtener un reconocimiento de culpabilidad o como sanción penal anticipada.

Artículo 155 del Código Nacional de Procedimientos Penales

¿Cuáles son las consecuencias de desobedecer las medidas cautelares en México?

Si existiera incumplimiento de alguna de las medidas que no sean la prisión preventiva y el pago de la garantía, la primera consecuencia será la revisión por parte de la autoridad judicial de las medidas cautelares impuestas.

Ahora que si se trata de las que consisten en la prohibición de salir de una área geográfica determinada, o de la prohibición de acercarse a personas, o lugares, la separación del domicilio, la colocación de un dispositivo electrónico o el resguardo domiciliario, la consecuencia inmediata será el arresto del acusado.

¿Qué diferencia existe entre una medida cautelar y una medida de protección?

La medida cautelar busca principalmente garantizar el desarrollo del procedimiento o la eficacia de la sentencia.

La medida de protección tiene como propósito inmediato preservar la vida, integridad, libertad o seguridad de una persona frente a un riesgo.

Por ejemplo, el embargo precautorio es una medida cautelar destinada a conservar bienes. La prohibición de acercarse a una víctima de violencia es una medida de protección, aunque también puede funcionar como medida cautelar dentro de un procedimiento penal o familiar.

En algunos casos, ambas figuras se complementan y pueden dictarse simultáneamente.

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