¿Se puede ser pareja de hecho estando separado?
En principio, un requisito general para poder inscribirse como pareja de hecho es que no exista ningún vínculo matrimonial que afecte a cualquiera de los miembros de la pareja, y la separación no extingue el vínculo matrimonial.
No obstante, algunas comunidades autónomas (Madrid y Murcia, por ejemplo) admiten la inscripción de parejas de hecho cuando alguno de los miembros está separado judicialmente y, por tanto, no se ha extinguido aún su vínculo matrimonial. Y en el caso de Cataluña, se admite la inscripción como pareja estable incluso si uno de los miembros está separado de hecho.
Por tanto, habrá que atender a lo que establezca la concreta normativa de cada comunidad autónoma, ya que los requisitos varían en ese punto.
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