¿Cuáles son los requisitos para ser pareja de hecho en Murcia?

En Murcia, pueden constituirse como pareja de hecho dos personas que convivan de forma pública y estable, siempre que cumplan los siguientes requisitos:

  • No estén casadas, salvo que estén separadas judicialmente.
  • No formen parte de otra pareja de hecho.
  • No sean parientes entre sí en línea recta o en línea colateral hasta el tercer grado (por consanguinidad o adopción).
  • Sean mayores de edad o emancipadas.
  • No estén incapacitadas judicialmente.
  • Formalicen la unión por cualquier medio admitido en la legislación autonómica: mediante inscripción en el Registro de Parejas de Hecho, por escritura pública o mediante prueba legal suficiente.

La unión produce efectos desde la inscripción o desde la fecha del documento o prueba acreditativa, según el caso.

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