¿Qué se puede hacer en caso de no estar de acuerdo con el grado de incapacidad permanente concedido?

El trabajador disconforme con el grado de incapacidad permanente puede presentar una reclamación administrativa previa en 30 días hábiles desde la notificación. Si no se resuelve en 45 días hábiles, se entiende desestimada.

Después, puede interponer demanda judicial en el juzgado de lo social, también en 30 días hábiles. Debe incluir los datos del demandante, la exposición de hechos y documentación médica. El juzgado dictará decreto de admisión y señalará fecha para la vista, donde se valorará la prueba presentada y los dictámenes técnicos.

La sentencia puede modificar el grado de incapacidad y los efectos económicos. Si es desfavorable, cabe recurso de suplicación ante el Tribunal Superior de Justicia y, en ciertos casos, recurso de casación ante el Tribunal Supremo, si hay contradicción con otra sentencia anterior.

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