¿Quién hereda si no hay hijos ni padres ni hermanos?

Si no hay hijos, padres ni hermanos, la herencia en Argentina se distribuye conforme a las normas de la sucesión intestada del Código Civil y Comercial de la Nación, siguiendo este orden:

  • Cónyuge: si hay cónyuge, este hereda el 100% de la herencia.
  • Sobrinos: si no hay cónyuge, la herencia pasa a los sobrinos, como descendientes de los hermanos del causante. Heredan por partes iguales.
  • Otros parientes colaterales (tíos, primos): si no hay cónyuge ni sobrinos, la herencia se transmite a los colaterales hasta el cuarto grado, como tíos o primos.
  • El Estado: si no hay cónyuge, sobrinos ni otros colaterales hasta el cuarto grado, la herencia se declara vacante y pasa al Estado nacional o provincial, según la última residencia del causante.
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