¿Qué tipos de despido no tienen derecho a cobrar la prestación por desempleo?

En Argentina, ciertos tipos de despido no otorgan derecho a la prestación por desempleo regulada por la Ley 24.013. Estos son:

  1. Despido con justa causa:
    • Cuando el empleador acredita que el trabajador incurrió en una falta grave que justifica el despido (Art. 242 de la Ley de Contrato de Trabajo).
    • Ejemplos: actos de indisciplina grave, robo, incumplimiento reiterado de obligaciones.
  2. Renuncia voluntaria: la prestación solo se otorga a trabajadores que pierden su empleo en forma involuntaria. Si el trabajador decide renunciar, no tiene derecho a este beneficio.
  3. Extinción de la relación laboral por mutuo acuerdo: si ambas partes acuerdan finalizar el vínculo laboral mediante un convenio firmado ante el Ministerio de Trabajo o escribano público, el trabajador no accede a la prestación.
  4. Jubilación o retiro: si el contrato laboral se extingue porque el trabajador accede a la jubilación o retiro voluntario, no corresponde la prestación por desempleo.
  5. Trabajadores eventuales o de temporada: estos trabajadores no tienen derecho al beneficio, salvo que acrediten haber trabajado al menos 6 meses con aportes dentro de los últimos 3 años.

Importante: el despido sin causa o por causas económicas (fuerza mayor, falta de trabajo) sí da derecho a la prestación, siempre que el trabajador cumpla con los requisitos de aportes al Fondo Nacional de Empleo.

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