El principio de reinserción marca una meta fundamental en el sistema de justicia penal en España. Se refiere a la existencia de mecanismos que posibiliten que una persona recluida por un delito mantenga o reconstruya los vínculos con la sociedad, con el objetivo de que pueda reintegrarse a la vida social de manera positiva.
La idea base del principio de reinserción es la consideración de que las personas que han cometido delitos deben tener la oportunidad de reintegrarse a la sociedad después de cumplir su condena. Para ello, es imprescindible proporcionarles las herramientas y los recursos necesarios para que consigan la reinserción, reduciendo los riesgos de reincidencia en el delito.
En España, el principio de reinserción se encuentra contemplado en la Ley Orgánica General Penitenciaria. En la exposición de motivos, esta ley explica que el recluso o acusado no es un ser eliminado de la sociedad, sino que continúa formando parte de la misma, aunque esté sometido a un régimen de vida especial.
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Consultar abogadoEl principio de reinserción y la reeducación del interno
La Constitución española se refiere al principio de reinserción social en el artículo 25.2. En este artículo establece que las penas privativas de libertad y las medidas de seguridad penal estarán orientadas hacia la reeducación y reinserción social y no podrán consistir en trabajos forzados.
Una prisión no es solo un lugar de castigo sino, y fundamentalmente, un centro que promueva los cambios necesarios para la vida social armónica, autónoma y en el que se trabaje para evitar las reincidencias en el delito.
En este concepto, la Constitución sienta la base del principio de reinserción, que vincula a la reeducación. Si bien reinserción y reeducación son términos que designan acciones complementarias y relacionadas en el contexto de la rehabilitación de reclusos, no son sinónimos.
Las diferencias esenciales son las siguientes:
Reeducación
La reeducación implica volver a educar. Se refiere al proceso mediante el cual se busca modificar y corregir las actitudes, comportamientos y creencias de una persona que ha cometido un delito.
Implica trabajar en la transformación personal del individuo, abordando las causas subyacentes de su comportamiento delictivo y proporcionándole herramientas para adquirir habilidades sociales, emocionales y cognitivas positivas.
La reeducación se lleva a cabo a través de programas de tratamiento, terapias y otros programas educativos.
Reinserción
La reinserción, por su parte, se refiere al proceso de integración y de reintegración de un recluso en la sociedad una vez que ha cumplido su condena o ha finalizado su proceso de reeducación en prisión.
El principio de reinserción se centra en la reintegración exitosa de la persona en el medio social, disponiendo de herramientas y oportunidades necesarias para vivir de manera autónoma y productiva en un marco de legalidad.
En el contexto de reclusión, la reeducación es un factor muy importante para la reinserción. Cambiar la perspectiva de la vida, aprender a vivir dentro de la ley implica adquirir pautas de convivencia y herramientas que permitan sostenerse económica y emocionalmente. Y la reeducación es un camino clave para lograrlo.
¿Qué implicaciones tiene el principio de reinserción en el modelo penal?
La perspectiva de la reclusión penal que se desprende de la Constitución y de la Ley Orgánica General Penitenciaria, determina que todas las decisiones tienen el foco en el recluso. Si la finalidad de recluir a un delincuente es transformarlo para que se reinserte en la sociedad, las acciones y las decisiones tienen que centrarse en la persona. Esto equivale a dejar en un segundo plano el delito cometido y hasta el daño ocasionado a la víctima.
El punto central de la rehabilitación para la reinserción supone una metodología de actuación sobre el recluso basada en la aplicación de tratamientos y estrategias individualizadas y dinámicas, inspiradas en las ciencias de la conducta.
Algunas acciones concretas para consolidar el principio de reinserción:
- Atención a las diferencias individuales. El artículo 62 y siguientes de la Ley Orgánica General Penitenciaria dispone que el tratamiento de los reclusos se cumplirá con un sistema de individualización científica. Este tratamiento se sostendrá en diversas actividades del centro penitenciario, educativas, culturales, laborales, formativas, deportivas, entre otras, que atiendan a sus intereses y necesidades. Son programas que buscan corregir los comportamientos delictivos, adquirir habilidades sociales y emocionales positivas y promover la responsabilidad y el autocontrol. Asimismo, la oferta de programas educativos y de formación profesional dentro de las instituciones, permite a los internos adquirir capacitación técnica y laboral que mejoren sus perspectivas de empleo.
- Programas de empleo e inserción laboral. Se ponen en marcha políticas de colaboración entre las instituciones penitenciarias, las empresas y las organizaciones sociales para facilitar la inserción laboral de los reclusos. La promoción de programas de capacitación para satisfacer la demanda del mercado, medidas especiales que promuevan la contratación de personas que han cumplido condena o que están en régimen de libertad vigilada, son acciones concretas que promueven el principio de reinserción social.
- Apoyo social y familiar. La reinserción tiene un componente que se puede entender basado en la reintegración familiar. Durante y después de la condena, el establecimiento penitenciario trabaja en promoción de visitas y en acciones para mantener y recomponer los vínculos familiares.
- Medidas de flexibilización de penas. Una de estas medidas para favorecer la reinserción es el régimen de semilibertad y el tercer grado penitenciario. Permiten a los reclusos cumplir parte de sus condenas en condiciones menos restrictivas y fomentan su reintegración en la sociedad.
El principio de reinserción considerado como un derecho del delincuente recluido en un centro penitenciario es objeto de debate. El foco del mismo está en el riesgo de reincidencia, que puede terminar lesionando los derechos de los demás ciudadanos.
Un abogado especialista en derecho penal representará y defenderá los intereses de la persona en procesos penales y penitenciarios, en la búsqueda de soluciones que favorezcan su reinserción.
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