Artículo 322 del Código Civil
Artículo 322. Liquidación de la sociedad de gananciales
Realizado el inventario, se pagan las obligaciones sociales y las cargas y después se reintegra a cada cónyuge los bienes propios que quedaren.
art 322 cc
Realizado el inventario, se pagan las obligaciones sociales y las cargas y después se reintegra a cada cónyuge los bienes propios que quedaren.
art 322 cc