¿Es posible la usucapión entre familiares?
Sí, la usucapión entre familiares es posible en México, pero se aplica de forma muy restrictiva. La usucapión o prescripción adquisitiva permite adquirir la propiedad de un bien inmueble o mueble por el paso del tiempo y la posesión continua, pacífica y de buena fe. Sin embargo, entre parientes cercanos (como padres e hijos, o entre cónyuges), la posesión suele presumirse como derivada de un permiso o tolerancia, no como un acto de apropiación, lo que impide que corra el plazo para usucapir.
El artículo 1167 del Código Civil Federal establece que no corre la prescripción entre ascendientes y descendientes durante la patria potestad, ni entre cónyuges mientras dure el matrimonio, ni entre tutor y pupilo hasta que haya sido aprobada la cuenta de la tutela. En estos casos, se entiende que la posesión del bien no es en concepto de propietario, sino en virtud de la relación jurídica familiar.
Para que proceda la usucapión entre familiares, debe demostrarse que la posesión fue en concepto de dueño, lo cual requiere evidencias claras de actos que rompan la presunción de tolerancia (por ejemplo, pagar impuestos del inmueble, ejercer actos exclusivos de dominio, o haber notificado formalmente la intención de adquirir por usucapión).
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