Artículo 241 del Reglamento de Extranjería
Artículo 241. Supuestos en que procede el procedimiento de expulsión.
1. Sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 57.5 y 6 de la Ley Orgánica 4/2000, de 11 de enero, cuando el infractor sea extranjero y realice alguna o algunas de las conductas tipificadas como muy graves o conductas graves de las previstas en las letras a), b), c), d) y f) del apartado 1 del artículo 53 de esta Ley Orgánica, podrá aplicarse en lugar de la sanción de multa la expulsión del territorio español. Asimismo, constituirá causa de expulsión la condena, dentro o fuera de España, por una conducta dolosa que constituya en nuestro país un delito sancionado con pena privativa de libertad superior a un año, salvo que los antecedentes penales hubieran sido cancelados.
2. En caso de concurrencia de la infracción prevista en el artículo 53.1.a) y b) de la Ley Orgánica 4/2000, de 11 de enero, cuando el infractor sea titular de un permiso de residencia válido u otra autorización que otorgue un derecho de estancia expedido por otro Estado miembro de la Unión Europea, se le advertirá mediante diligencia en el pasaporte de la obligación de dirigirse de inmediato al territorio de dicho Estado. En caso de que la persona extranjera no cumpla esta exigencia, o si fuera necesaria su salida inmediata por motivos de orden público o de seguridad nacional, se incoará procedimiento sancionador en base a lo previsto en este Reglamento.
art 241 RD 1155/2024
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- TÍTULO XIV. Infracciones en materia de extranjería y su régimen sancionador
- CAPÍTULO III. Aspectos específicos en los procedimientos sancionadores para la imposición de las infracciones de expulsión y multa
- Sección 1.ª Normas procedimentales para la imposición de la expulsión
- Artículo 241. Supuestos en que procede el procedimiento de expulsión.
- Artículo 242. Contenido del acuerdo de iniciación del procedimiento de expulsión.
- Artículo 243. Medidas cautelares en el procedimiento de expulsión.
- Artículo 244. Contenido y efectos de la resolución del procedimiento de expulsión.
- Artículo 245. Ejecución de la resolución en el procedimiento de expulsión.
- Artículo 246. Reconocimiento de resoluciones de expulsión de otros Estados miembros de la Unión Europea y Estados asociados Schengen.
- Artículo 247. Extranjeros procesados o imputados en procedimientos por delitos.
- Artículo 248. Comunicaciones en el procedimiento de expulsión.
- Sección 2.ª Normas procedimentales para la imposición de multas
- Artículo 249. Supuestos de aplicación del procedimiento para la imposición de multas.
- Artículo 250. Contenido del acuerdo de iniciación del procedimiento para la imposición de multas.
- Artículo 251. Medidas cautelares en el procedimiento para la imposición de multas.
- Artículo 252. Resolución del procedimiento para la imposición de multas. Efectos y ejecutividad.
- Sección 1.ª Normas procedimentales para la imposición de la expulsión
- CAPÍTULO III. Aspectos específicos en los procedimientos sancionadores para la imposición de las infracciones de expulsión y multa