Artículo 805 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal
Si la querella fuere por injuria o calumnia vertidas en juicio, será necesario acreditar, además, la autorización del Juez o Tribunal ante quien hubiesen sido inferidas.
Esta autorización no se estimará prueba bastante de la imputación.
art 805 LECrim
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- Libro IV. De los procedimientos especiales
- Título IV: Del procedimiento por delitos de injuria y calumnia contra particulares