Artículo 2109 del Código Civil y Comercial

Artículo 2109. Dirección y administración.

La dirección y administración del cementerio está a cargo del administrador, quien debe asegurar el correcto funcionamiento de las instalaciones y servicios comunes que permita el ejercicio de los derechos de sepultura, de acuerdo a las condiciones pactadas y reglamentadas.

art 2109 CCCN

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