Artículo 1928 del Código Civil y Comercial

Artículo 1928. Actos posesorios.

Constituyen actos posesorios sobre la cosa los siguientes: su cultura, percepción de frutos, amojonamiento o impresión de signos materiales, mejora, exclusión de terceros y, en general, su apoderamiento por cualquier modo que se obtenga.

art 1928 CCCN

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