¿Qué es el delito de apropiación ilícita?
La apropiación ilícita o apropiación indebida es un delito que se da cuando una persona toma posesión de un bien ajeno y lo utiliza para su propio beneficio.
Así, el delito de apropiación ilícita implica que se dispone de un activo confiado por un tercero con la intención de obtener una ventaja económica.
¿Dónde se regula el delito de apropiación ilícita en Perú?
El Código Penal es el marco normativo que establece los criterios y condiciones para sancionar este delito.
En concreto, la apropiación ilícita se regula dentro de los delitos contra el patrimonio, a partir del artículo 190 del Código Penal.
El que, en su provecho o de un tercero, se apropia indebidamente de un bien mueble, una suma de dinero o un valor que ha recibido en depósito, comisión, administración u otro título semejante que produzca obligación de entregar, devolver, o hacer un uso determinado, será reprimido con pena privativa de libertad no menor de dos ni mayor de cuatro años.
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¿Cuáles son las principales características del delito de apropiación ilícita?
De acuerdo al marco normativo, en la apropiación indebida se presentan las siguientes características:
- Se trata de un delito doloso, es decir, la persona que comete el delito es consciente del hecho ilícito y actúa con voluntad.
- La posesión del bien en primera instancia es legal. Sin embargo, después surge la apropiación ilícita para obtener un beneficio.
- Cuando hay apropiación indebida, el individuo busca algún beneficio económico para sí o para un tercero.
- Este delito puede generar un perjuicio económico a la víctima.
¿Con qué penas se castiga la apropiación ilícita común?
Como norma general, la persona que lleve a cabo este delito será sancionada con pena privativa de libertad de 2 a 4 años.
Por otro lado, en función de las circunstancias concretas del caso, las penas podrán ser las siguientes:
- Si la persona que comete el delito actúa como tutor, albacea o cualquier profesión que tenga una autorización oficial, la pena privativa de libertad irá desde los 3 a los 6 años.
- Si el bien que es objeto del delito se emplea para el auxilio de poblaciones en situación de desastres naturales, la pena en este caso sería de 4 a 10 años.
- Cuando la persona toma posesión de un fondo pensionario o del seguro social, la pena será privativa de libertad oscila entre los 2 y 4 años, y si el agente tiene la calidad de servidor público, la pena será de 3 a 6 años e inhabilitación.
Casos especiales de apropiación ilícita
El Código Penal regula otras formas de cometer una apropiación ilícita:
- La sustracción de bien propio (artículo 191 del Código Penal).
- La apropiación irregular (artículo 192 del Código Penal).
- La apropiación de prenda (artículo 193 del Código Penal).