Grados de consanguinidad

Los grados de consanguinidad expresan la proximidad del parentesco existente entre dos personas unidas por vínculos de sangre, ya sea porque una desciende directamente de la otra o porque ambas proceden de un antepasado común.
Ideas clave
  • Los grados de consanguinidad miden jurídicamente la cercanía familiar entre personas unidas por vínculos biológicos o por un progenitor común.
  • Cada generación constituye un grado de parentesco.
  • La consanguinidad puede darse en línea recta (ascendientes y descendientes) o en línea colateral (personas con un antepasado común).
  • Los grados de consanguinidad tienen efectos legales en materias como sucesiones, alimentos, matrimonio, adopción, impedimentos legales y responsabilidades familiares.
  • Los grados de consanguinidad se regulan principalmente en los artículos 292 a 300 del Código Civil Federal.
  • La consanguinidad se diferencia de la afinidad, ya que esta última surge por el matrimonio y vincula a una persona con los familiares de su cónyuge.

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¿Qué son los grados de consanguinidad?

Los grados de consanguinidad son una forma de medir jurídicamente la cercanía familiar entre personas que comparten vínculos biológicos.

La consanguinidad puede existir porque una persona desciende directamente de otra, como sucede entre padres, hijos, abuelos y nietos, o porque dos personas tienen un ascendiente común, como ocurre entre hermanos, tíos, sobrinos y primos.

Cada generación que separa a dos personas constituye un grado. Por ejemplo, entre una madre y su hijo existe una sola generación, por lo que se encuentran en primer grado. Entre una abuela y su nieta existen dos generaciones, de manera que su parentesco es de segundo grado.

La determinación del grado de parentesco puede tener consecuencias en materias como alimentos, sucesiones, matrimonio, impedimentos legales, adopción, excusas para declarar como testigo, responsabilidades familiares y acceso a determinadas prestaciones.

¿Dónde se regulan los grados de consanguinidad en México?

En el ámbito federal mexicano, el parentesco se regula en los artículos 292 a 300 del Código Civil Federal.

La ley no reconoce más parentesco que los de consanguinidad y afinidad.

Artículo 292 del Código Civil Federal

El Código reconoce el parentesco por consanguinidad y establece que cada generación forma un grado. También señala que la serie de grados constituye una línea de parentesco, la cual puede ser recta o transversal.

El parentesco de consanguinidad es el que existe entre personas que descienden de un mismo progenitor.

En el caso de la adopción plena, se equiparará al parentesco por consanguinidad aquél que existe entre el adoptado, el adoptante, los parientes de éste y los descendientes de aquél, como si el adoptado fuera hijo consanguíneo.

Artículo 293 del Código Civil Federal

Las entidades federativas cuentan con sus propios códigos civiles o familiares. Aunque las reglas para contar los grados suelen ser semejantes, los efectos jurídicos concretos pueden variar dependiendo de la legislación estatal y de la materia de que se trate.

¿Qué es la línea de parentesco?

Según el Código Civil Federal, la línea de parentesco se constituye de la siguiente manera:

Cada generación forma un grado, y la serie de grados constituye lo que se llama línea de parentesco.

Artículo 296 del Código Civil Federal

La línea de parentesco puede ser recta o transversal.

La línea es recta o transversal: la recta se compone de la serie de grados entre personas que descienden unas de otras; la transversal se compone de la serie de grados entre personas que sin descender unas de otras, proceden de un progenitor o tronco común.

Artículo 297 del Código Civil Federal

Línea recta

La línea recta existe cuando una persona desciende directamente de otra. Puede ser ascendente o descendente.

La línea recta es ascendente o descendente: ascendente es la que liga a una persona con su progenitor o tronco de que procede; descendente es la que liga al progenitor con los que de él proceden. La misma línea es, pues, ascendente o descendente, según el punto de partida y la relación a que se atiende.

Artículo 298 del Código Civil Federal

Los grados en línea recta son:

En esta línea, los grados se cuentan por el número de generaciones que separan a las personas.

En la línea recta los grados se cuentan por el número de generaciones, o por el de las personas, excluyendo al progenitor.

Artículo 299 del Código Civil Federal

Línea transversal

La línea transversal existe cuando dos personas tienen un antepasado común, pero ninguna desciende directamente de la otra.

Este tipo de parentesco se presenta entre hermanos, tíos, sobrinos y primos.

El grado se calcula:

En la línea transversal los grados se cuentan por él número de generaciones, subiendo por una de las líneas y descendiendo por la otra; o por el número de personas que hay de uno y otro de los extremos que se consideran, excluyendo la del progenitor o tronco común.

Artículo 300 del Código Civil Federal

¿Qué diferencia existe entre consanguinidad y afinidad?

La consanguinidad surge por la descendencia biológica o por la existencia de un antepasado común.

La afinidad, en cambio, es el vínculo que se establece entre una persona y los familiares de su cónyuge o pareja.

El parentesco de afinidad es el que se contrae por el matrimonio, entre el varón y los parientes de la mujer, y entre la mujer y los parientes del varón.

Artículo 294 del Código Civil Federal

Son ejemplos de parentesco por afinidad:

  • Suegros.
  • Yernos.
  • Nueras.
  • Cuñados.
  • Hijastros y padrastros.

Los cónyuges no son parientes consanguíneos entre sí. Su relación deriva del matrimonio, no de un vínculo de sangre.

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