Cohecho

El cohecho es un delito federal. Si no estás familiarizado con el derecho penal, es importante que conozcas conceptos básicos. En derecho penal, los delitos están hechos para castigar conductas. Es decir, nadie irá a la cárcel por deber dinero, pero sí puede ir a la cárcel por la conducta que realizó y que derivó en ese adeudo.

Cohecho

Cuando una persona realiza una conducta de corrupción en relación con un cargo público para beneficio propio o de un tercero está cometiendo un delito de cohecho.

En materia penal, el Juez no puede interpretar la ley como se puede hacer en otras materias (derechos y obligaciones civiles por ejemplo) sino que para que una persona deba ser juzgada deberá cumplir con todos y cada uno de los elementos que se encuentran descritos dentro del artículo que define el delito.

El Código Penal Federal menciona en su artículo 222 (a la letra):

Cometen el delito de cohecho:

I.- El servidor público que por sí, o por interpósita persona solicite o reciba ilícitamente para sí o para otro, dinero o cualquier beneficio, o acepte una promesa, para hacer o dejar de realizar un acto propio de sus funciones inherentes a su empleo, cargo o comisión;

II.- El que dé, prometa o entregue cualquier beneficio a alguna de las personas que se mencionan en el artículo 212 de este Código, para que haga u omita un acto relacionado con sus funciones, a su empleo, cargo o comisión, y

III.- El legislador federal que, en el ejercicio de sus funciones o atribuciones, y en el marco del proceso de aprobación del presupuesto de egresos respectivo, gestione o solicite: a) La asignación de recursos a favor de un ente público, exigiendo u obteniendo, para sí o para un tercero, una comisión, dádiva o contraprestación, en dinero o en especie, distinta a la que le corresponde por el ejercicio de su encargo; b) El otorgamiento de contratos de obra pública o de servicios a favor de determinadas personas físicas o morales.

Se aplicará la misma pena a cualquier persona que gestione, solicite a nombre o en representación del legislador federal las asignaciones de recursos u otorgamiento de contratos a que se refieren los incisos a) y b) de este artículo.

Artículo 222 del Código Penal

En palabras comunes, el cohecho se menciona como corrupción. Es un delito que como primer requisito implica que la persona que reciba dinero o un beneficio de los que se detallan anteriormente, sea un funcionario público. Es lógico que exista un delito específico para los servidores públicos ya que ellos tienen como función principal velar por la ciudadanía y es grave que utilicen los recursos que se encuentran a su disposición o que condicionen sus resoluciones a un pago.

Las sanciones para quien comete el delito de cohecho son las siguientes:

  • Cuando la cantidad o el valor de la dádiva, de los bienes o la promesa no exceda del equivalente de quinientas veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización en el momento de cometerse el delito, o no sea valuable, se impondrán de tres meses a dos años de prisión y de treinta a cien días multa.
  • Cuando la cantidad o el valor de la dádiva, los bienes, promesa o prestación exceda de quinientas veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización en el momento de cometerse el delito, se impondrán de dos a catorce años de prisión y de cien a ciento cincuenta días multa.

El precio de una Unidad de Medida y Actualización (UMA) es variable y sustituyó al valor del salario mínimo. El valor actual aproximado es de 86.88 pesos.

En ningún caso el dinero que se hubiera obtenido por el delito de cohecho se devolverá a la persona responsable. Esta cantidad pertenecerá al Estado.

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