Artículo 418 de la Ley Federal del Trabajo
En cada empresa, la administración del contrato-ley corresponderá al sindicato que represente dentro de ella el mayor número de trabajadores conforme a lo señalado en el artículo 408. La pérdida de la mayoría declarada por los Tribunales produce la de la administración.
art 418 LFT
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- TÍTULO SEPTIMO. Relaciones colectivas de trabajo