Artículo 408 de la Ley Federal del Trabajo
Los solicitantes justificarán que satisfacen el requisito de mayoría mencionado en el artículo 406, acompañando la Constancia de Representatividad obtenida conforme al procedimiento establecido en el artículo 390 Bis, o con el padrón de socios si tienen celebrado contrato colectivo de trabajo o son administradores del contrato-ley.
art 408 LFT
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- TÍTULO SEPTIMO. Relaciones colectivas de trabajo