Artículo 1126 del Código Civil Federal
Si el dueño del predio dominante se opone a las obras de que trata el artículo 1124, el juez decidirá, previo informe de peritos.
art 1126 CCF
- Código Civil Federal
- LIBRO SEGUNDO. De los bienes
- TÍTULO SEXTO. De las servidumbres
- Capítulo VIII: Derechos y obligaciones de los propietarios de los predios entre los que está constituida alguna servidumbre voluntaria
- TÍTULO SEXTO. De las servidumbres