Artículo 1127 del Código Civil Federal
Cualquiera duda sobre el uso y extensión de la servidumbre, se decidirá en el sentido menos gravoso para el predio sirviente, sin imposibilitar o hacer difícil el uso de la servidumbre.
art 1127 CCF
- Código Civil Federal
- LIBRO SEGUNDO. De los bienes
- TÍTULO SEXTO. De las servidumbres
- Capítulo VIII: Derechos y obligaciones de los propietarios de los predios entre los que está constituida alguna servidumbre voluntaria
- TÍTULO SEXTO. De las servidumbres