No, dos personas no pueden vivir juntas si existe una orden de alejamiento, ya que esta medida busca precisamente la protección de la víctima o de la persona que puede ser víctima de un delito. Para ello, se prohíbe acercarse a la persona, o bien comunicarse con ella o residir o acudir a ciertos lugares.
Aunque la víctima lo consienta, mientras esté vigente la orden, no se puede reanudar ni la convivencia ni la comunicación o se estaría cometiendo un delito de quebrantamiento de condena o quebrantamiento de medida cautelar, según sea el caso.
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