A nivel penal, esto no tiene trascendencia para la víctima. La jurisprudencia actual ya no considera a la víctima como inductora del quebrantamiento, siendo el obligado a cumplirla quien asume toda la responsabilidad del incumplimiento.
Por ello, es muy importante que la persona obligada al cumplimiento de la orden de alejamiento dé parte a las autoridades cada vez que la víctima intente incumplir la orden, pues es el obligado a cumplirla el único que está en riesgo de cometer un delito.
No obstante, esta jurisprudencia podría cambiar en cualquier momento.
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