¿En qué casos se puede cobrar el paro estando de excedencia?

Durante la excedencia, no se cobra paro porque la relación laboral está suspendida. Pero si se trabaja en otra empresa y el contrato finaliza por causas distintas a una baja voluntaria, se puede cobrar la prestación.

  • Si el nuevo contrato termina antes de acabar la excedencia, se cobra el paro hasta esa fecha, y luego el trabajador debe pedir la reincorporación: si no es posible, sigue cobrando; si la empresa acepta, cesa el paro.
  • Si el contrato acaba tras la excedencia, también se debe solicitar el reingreso, y solo si no hay vacante o la empresa lo rechaza, se considera situación legal de desempleo y se puede cobrar el paro.
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