Artículo 1936. Efectos del pacto comisorio respecto a las acciones.
Por el pacto comisorio no se priva el vendedor de la elección de acciones que le concede el artículo 1930.
art 1936 cc
- Código Civil de Colombia
- Libro Cuarto: De las Obligaciones en General y de los Contratos
- Título XXIII: De la Compraventa
- Capítulo X: Del pacto comisorio
- Artículo 1935
- Artículo 1936
- Artículo 1937
- Artículo 1938
- Capítulo X: Del pacto comisorio
- Título XXIII: De la Compraventa
- Libro Cuarto: De las Obligaciones en General y de los Contratos