Artículo 34 de la Ley Concursal
Artículo 34. Fecha de las notificaciones.
Las notificaciones de la declaración judicial de concurso se efectuarán bajo la dirección del Letrado de la Administración de Justicia en el mismo día de la fecha del auto.
art 34 trlc
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Buscar abogado concursal- Ley Concursal
- LIBRO PRIMERO. Del concurso de acreedores
- TÍTULO I. De la declaración de concurso
- CAPÍTULO V. Del auto de declaración de concurso
- Sección I. Del auto de declaración de concurso
- Sección II. De la notificación del auto de declaración de concurso
- Artículo 33. Notificación del auto de declaración de concurso.
- Artículo 34. Fecha de las notificaciones.
- Sección III. De la publicidad de la declaración de concurso
- Sección IV. De la declaración de concurso sin masa
- CAPÍTULO V. Del auto de declaración de concurso
- TÍTULO I. De la declaración de concurso