Artículo 1920 del Código Civil y Comercial

Artículo 1920. Determinación de buena o mala fe.

La buena o mala fe se determina al comienzo de la relación de poder, y permanece invariable mientras no se produce una nueva adquisición.

No siendo posible determinar el tiempo en que comienza la mala fe, se debe estar al día de la citación al juicio.

art 1920 CCCN

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