Artículo 1233 del Código Civil y Comercial

Artículo 1233. Servicios y accesorios.

Pueden incluirse en el contrato los servicios y accesorios necesarios para el diseño, la instalación, puesta en marcha y puesta a disposición de los bienes dados en leasing, y su precio integrar el cálculo del canon.

art 1233 CCCN

Índice: