¿Cuál es la diferencia entre vecindad civil y nacionalidad?
La vecindad civil es el estatus de un nacional español, determinado por el lugar de residencia, que condiciona la sujeción al derecho civil común o al especial o foral que corresponda por la comunidad autónoma. Se regula en el artículo 14 del Código Civil.
La nacionalidad hace referencia a una condición de la persona que se adquiere por pertenecer a una comunidad nacional organizada en estado, en este caso, a España. Por la nacionalidad se crea un vínculo jurídico entre la persona y el estado, y se generan una serie de derechos y obligaciones civiles. Se regula en los artículos 17 a 23 del Código Civil.
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