¿Cómo oponerse a un monitorio?

Para oponerse al procedimiento monitorio, el demandado tiene que presentar un escrito motivado, explicando las causas por las que considera que no debe la cantidad que se le reclama, en parte o en su totalidad, tal como establece el artículo 815.1 de la Ley de Enjuiciamiento Civil. Para ello, cuenta con el mismo plazo de 20 días hábiles de los que dispone para el pago.

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