Artículo 1994 del Código Civil

Artículo 1994. Causales de suspensión de la prescripción

Se suspende la prescripción:

1. Cuando las personas con capacidad de ejercicio restringida contempladas en el artículo 44 incisos del 1 al 8 no cuentan con sus representantes legales.

2. Entre los cónyuges, durante la vigencia de la sociedad de gananciales.

3. Entre las personas comprendidas en el artículo 326.

4. Entre los menores y sus padres o tutores durante la patria potestad o la tutela.

5. Entre las personas con capacidad de ejercicio restringida contempladas en el artículo 44 numeral 9 y las personas que le prestan apoyos necesarios, durante el ejercicio del apoyo brindado.

6. Durante el tiempo que transcurra entre la petición y el nombramiento del curador de bienes, en los casos que procede.

7. Entre las personas jurídicas y sus administradores, mientras éstos continúen en el ejercicio del cargo.

8. Mientras sea imposible reclamar el derecho ante un tribunal peruano.

art 1994 cc

Índice: