Artículo 1195 del Código Civil

Artículo 1195. Efectos del incumplimiento culpable de uno o mas codeudores

El incumplimiento de la obligación por causa imputable a uno o a varios codeudores, no libera a los demás de la obligación de pagar solidariamente el valor de la prestación debida.

El acreedor puede pedir el resarcimiento de los daños y perjuicios al codeudor o, solidariamente, a los codeudores responsables del incumplimiento.

art 1195 cc

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