Incapacidad permanente parcial

La incapacidad permanente parcial es la disminución permanente de las facultades o aptitudes de una persona para trabajar como consecuencia de un riesgo de trabajo. Esta figura está expresamente definida en la Ley Federal del Trabajo y puede dar lugar a una indemnización o, en determinados casos, a una pensión.
Ideas clave
  • La incapacidad permanente parcial es la disminución permanente de las facultades o aptitudes de una persona para trabajar.
  • En México, la incapacidad permanente parcial está regulada principalmente por el artículo 479 y siguientes de la Ley Federal del Trabajo.
  • La indemnización por incapacidad permanente parcial se calcula según el porcentaje de incapacidad establecido en la tabla de evaluación correspondiente.
  • En México, para determinar la indemnización se consideran aspectos como la edad, la gravedad de la incapacidad y la posibilidad de realizar trabajos similares.
  • A diferencia de la incapacidad permanente total, la persona conserva parte de su capacidad para trabajar.

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¿Qué es la incapacidad permanente parcial?

La incapacidad permanente parcial se define como la disminución de las facultades o aptitudes de una persona para trabajar.

A diferencia de la incapacidad temporal, la afectación no se limita a un periodo de recuperación. Quedan secuelas que disminuyen permanentemente la capacidad laboral de la persona.

¿Dónde se regula la incapacidad permanente parcial en México?

Su regulación principal se encuentra en el Título Noveno, Riesgos de Trabajo, de la Ley Federal del Trabajo, especialmente en el artículo 477 y siguientes.

Según el artículo 477, los riesgos laborales pueden producir incapacidad laboral:

Cuando los riesgos se realizan pueden producir:

I. Incapacidad temporal;

II. Incapacidad permanente parcial;

III. Incapacidad permanente total;

IV. La muerte, y

V. Desaparición derivada de un acto delincuencial.

Artículo 477 de la Ley Federal del Trabajo

El artículo 479 regula específicamente la incapacidad permanente parcial:

Incapacidad permanente parcial es la disminución de las facultades o aptitudes de una persona para trabajar.

Artículo 479 de la Ley Federal del Trabajo

¿Un accidente o enfermedad puede causar una incapacidad laboral?

Cuando un trabajador sufre un accidente o una enfermedad con motivo de su trabajo, puede generarse una incapacidad que limite temporal o permanentemente su capacidad para trabajar.

La Ley Federal del Trabajo regula en el artículo 474 el accidente de trabajo:

Accidente de trabajo es toda lesión orgánica o perturbación funcional, inmediata o posterior, la muerte o la desaparición derivada de un acto delincuencial, producida repentinamente en ejercicio o con motivo del trabajo, cualesquiera que sean el lugar y el tiempo en que se preste.

Quedan incluidos en la definición anterior los accidentes que se produzcan al trasladarse el trabajador directamente de su domicilio al lugar del trabajo y de éste a aquél.

Artículo 474 de la Ley Federal del Trabajo

Por su parte, el artículo 475 define la enfermedad de trabajo:

Enfermedad de trabajo es todo estado patológico derivado de la acción continuada de una causa que tenga su origen o motivo en el trabajo o en el medio en que el trabajador se vea obligado a prestar sus servicios.

Artículo 475 de la Ley Federal del Trabajo

Asimismo, se reconoce diferentes derechos a quienes sufren un riesgo de trabajo. El artículo 487 contempla:

Los trabajadores que sufran un riesgo de trabajo tendrán derecho a:

I. Asistencia médica y quirúrgica;

II. Rehabilitación;

III. Hospitalización, cuando el caso lo requiera;

IV. Medicamentos y material de curación;

V. Los aparatos de prótesis y ortopedia necesarios; y

VI. La indemnización fijada en el presente Título.

Artículo 487 de la Ley Federal del Trabajo

¿Qué indemnización corresponde por incapacidad permanente parcial en México?

Conforme al artículo 492 de la Ley Federal del Trabajo, la indemnización por incapacidad permanente parcial:

Si el riesgo produce al trabajador una incapacidad permanente parcial, la indemnización consistirá en el pago del tanto por ciento que fija la tabla de valuación de incapacidades, calculado sobre el importe que debería pagarse si la incapacidad hubiese sido permanente total. Se tomará el tanto por ciento que corresponda entre el máximo y el mínimo establecidos, tomando en consideración la edad del trabajador, la importancia de la incapacidad y la mayor o menor aptitud para ejercer actividades remuneradas, semejantes a su profesión u oficio. Se tomará asimismo en consideración si el patrón se ha preocupado por la reeducación profesional del trabajador.

Artículo 492 de la Ley Federal del Trabajo

Por su parte, el artículo 493 indica:

Si la incapacidad parcial consiste en la pérdida absoluta de las facultades o aptitudes del trabajador para desempeñar su profesión, el Tribunal podrá aumentar la indemnización hasta el monto de la que correspondería por incapacidad permanente total, tomando en consideración la importancia de la profesión y la posibilidad de desempeñar una de categoría similar, susceptible de producirle ingresos semejantes.

Artículo 493 de la Ley Federal del Trabajo

¿Cuál es la diferencia entre incapacidad permanente parcial y total en México?

La diferencia fundamental se encuentra en el grado de afectación de la capacidad laboral.

El artículo 480 define la incapacidad permanente total como:

Incapacidad permanente total es la pérdida de facultades o aptitudes de una persona que la imposibilita para desempeñar cualquier trabajo por el resto de su vida.

Artículo 480 de la Ley Federal del Trabajo

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