Riesgo de trabajo

El riesgo de trabajo se refiere a las diversas circunstancias, condiciones o métodos dentro del ambiente laboral que pueden resultar en daños físicos, enfermedades o incluso la muerte de los empleados.

Estas situaciones pueden originarse de múltiples fuentes, como la naturaleza del trabajo desempeñado, el entorno físico y geográfico, los instrumentos y dispositivos empleados, así como los aspectos psicosociales presentes en el entorno laboral. En algunos casos, las leyes también consideran el riesgo durante el desplazamiento hacia el lugar de trabajo.

Tipos de riesgos de trabajo

La Ley Federal del Trabajo en México establece claramente los términos relacionados con los riesgos laborales. Según el artículo 473, los riesgos de trabajo comprenden los accidentes y enfermedades a los que están expuestos los trabajadores mientras están en ejercicio o debido a su trabajo.

Riesgos de trabajos son los accidentes y enfermedades a que están expuestos los trabajadores en ejercicio o con motivo del trabajo.

Artículo 473 de la Ley Federal del Trabajo

El artículo 474 especifica que un accidente de trabajo incluye lesiones, daños funcionales, muerte y desapariciones causadas por actos delictivos durante el trabajo, así como accidentes durante el viaje directo entre el hogar y el lugar de trabajo.

Accidente de trabajo es toda lesión orgánica o perturbación funcional, inmediata o posterior, la muerte o la desaparición derivada de un acto delincuencial, producida repentinamente en ejercicio o con motivo del trabajo, cualesquiera que sean el lugar y el tiempo en que se preste.

Quedan incluidos en la definición anterior los accidentes que se produzcan al trasladarse el trabajador directamente de su domicilio al lugar del trabajo y de éste a aquél.

Artículo 474 de la Ley Federal del Trabajo

Por otro lado, el artículo 475 se refiere a las enfermedades como condiciones patológicas derivadas de una causa continua que tiene su origen en el trabajo o en el entorno en el que el trabajador está prestando sus servicios. Esto significa que las enfermedades que se desarrollan debido a la exposición prolongada a condiciones laborales adversas también se consideran riesgos laborales. Sin embargo, los empleados deben observar y seguir las medidas preventivas.

Enfermedad de trabajo es todo estado patológico derivado de la acción continuada de una causa que tenga su origen o motivo en el trabajo o en el medio en que el trabajador se vea obligado a prestar sus servicios.

Artículo 475 de la Ley Federal del Trabajo

Derechos de los trabajadores tras sufrir riesgo de trabajo

El artículo 487 establece los derechos de los trabajadores que han sufrido un riesgo de trabajo, los cuales son:

  • Asistencia médica y quirúrgica: recibir tratamiento médico y quirúrgico para lesiones o enfermedades laborales.
  • Rehabilitación: obtener ayuda para la recuperación y reintegración al trabajo, especialmente en casos graves.
  • Hospitalización: ser hospitalizados si es necesario, para recibir cuidados intensivos.
  • Medicamentos y material de curación: recibir suministros médicos necesarios para su tratamiento.
  • Aparatos de prótesis y ortopedia: obtener dispositivos para recuperar movilidad perdida debido al riesgo laboral.
  • Indemnización: recibir compensación financiera, determinada por las leyes establecidas en el mismo título legal, además de los servicios médicos.

Responsabilidades del patrón

Esta misma Ley Federal del Trabajo establece las condiciones en las que un patrón está exento de ciertas responsabilidades en casos de riesgos laborales, según el artículo 488, estas son:

  • Si el trabajador se encuentra en estado de embriaguez o bajo la influencia de drogas sin una prescripción médica válida y no informa al empleador.
  • Si el trabajador se lesiona a sí mismo de forma intencional o en colaboración con otra persona.
  • Si la incapacidad es el resultado de una pelea o un intento de suicidio por parte del trabajador.

Sin embargo, el patrón siempre está obligado a ofrecer primeros auxilios y asegurar que el trabajador reciba atención médica inicial. Además, el patrón no será eximido de responsabilidad en los siguientes casos:

  • Si el trabajador ha asumido explícita o implícitamente los riesgos del trabajo.
  • Si el accidente ocurre debido a la torpeza o negligencia del trabajador.
  • Si el accidente es causado por imprudencia o negligencia de un colega de trabajo o de una tercera persona.

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