Artículo 340 del Código Civil Federal
La filiación de los hijos nacidos de matrimonio se prueba con la partida de su nacimiento y con el acta de matrimonio de sus padres.
art 340 CCF
- Código Civil Federal
- LIBRO PRIMERO. De las personas
- TÍTULO SEPTIMO. De la paternidad y filiación
- Capítulo II: De las pruebas de la filiación de los hijos nacidos en matrimonio
- TÍTULO SEPTIMO. De la paternidad y filiación