Artículo 314 del Código Civil Federal
La obligación de dar alimentos no comprende la de proveer de capital a los hijos para ejercer el oficio, arte o profesión a que se hubieren dedicado.
art 314 CCF
- Código Civil Federal
- LIBRO PRIMERO. De las personas
- TÍTULO SEXTO. Del parentesco, de los alimentos y de la violencia familiar
- Capítulo II: De los alimentos
- TÍTULO SEXTO. Del parentesco, de los alimentos y de la violencia familiar