Artículo 2186 del Código Civil Federal
El efecto de la compensación es extinguir por ministerio de la ley las dos deudas, hasta la cantidad que importe la menor.
art 2186 CCF
- Código Civil Federal
- LIBRO CUARTO. De las obligaciones
- TÍTULO QUINTO. Extinción de las obligaciones
- Capítulo I: De la compensación
- TÍTULO QUINTO. Extinción de las obligaciones