Artículo 1759 del Código Civil Federal
En seguida se pagarán las deudas hereditarias que fueren exigibles.
art 1759 CCF
- Código Civil Federal
- LIBRO TERCERO. De las sucesiones
- TÍTULO QUINTO. Disposiciones comunes a las sucesiones testamentaria y legítima
- Capítulo V: Del inventario y de la liquidación de la herencia
- TÍTULO QUINTO. Disposiciones comunes a las sucesiones testamentaria y legítima