Artículo 1390 del Código Civil Federal
Toda disposición en favor de persona incierta o sobre cosa que no pueda identificarse será nula, a menos que por algún evento puedan resultar ciertas.
art 1390 CCF
- Código Civil Federal
- LIBRO TERCERO. De las sucesiones
- TÍTULO SEGUNDO. De la sucesión por testamento
- Capítulo VI: De la institución de heredero
- TÍTULO SEGUNDO. De la sucesión por testamento