¿Cuál es la diferencia entre violencia de género y violencia doméstica?

La violencia doméstica es un concepto más amplio que abarca actos violentos habituales entre personas unidas por vínculos familiares, de convivencia o afectivos, sin distinción de género, y se regula principalmente en el artículo 173.2 del Código Penal. Requiere habitualidad y puede afectar a distintas personas del entorno familiar. Un acto aislado puede no ser constitutivo de violencia doméstica, aunque se castigue como la agresión que es.

La violencia de género, en cambio, es ejercida exclusivamente por un hombre contra una mujer con la que mantiene o ha mantenido una relación afectiva, sin necesidad de convivencia. Engloba actos de muy distinta naturaleza. No exige habitualidad (un acto aislado ya constituye violencia de género) y se fundamenta en situaciones de desigualdad y control. Además del Código Penal, está regulada por la Ley Orgánica 1/2004, lo que implica agravantes específicas y penas más severas.

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