Los grados de consanguinidad se refieren a las diferentes generaciones de una familia y la distancia que existe de un familiar directo a otro. Por lo tanto, se trata de un vínculo de parentesco de sangre entre personas que se divide en grados.

Los grados de consanguinidad constituyen un vínculo de parentesco de sangre que determina las diferentes generaciones de una familia.
Ejemplos de grados de consanguinidad
- Primer grado de consanguinidad:
- Mis padres
- Mis hijos/as (tanto naturales como adoptivos)
- Segundo grado de consanguinidad:
- Mis hermanos/as
- Mis abuelos/as
- Mis nietos/as
- Tercer grado de consanguinidad:
- Mis tíos/as (hermanos/as de mis padres)
- Mis sobrinos/as (hijos/as de hermanos/as)
- Mis bisabuelos/as (padres de mis abuelos/as)
- Mis biznietos/as (hijos/as de mis nietos/as)
- Cuarto grado de consanguinidad:
- Mis primos/as hermanos/as (hijos/as de los hermanos/as de mis padres)
Ejemplos de grados de afinidad
- Primer grado de afinidad:
- Mi cónyuge
- Mis suegro/a (los padres de mi cónyuge)
- Los cónyuges de mis hijos/as
- Cónyuge de mi padre, si no es mi madre
- Cónyuge de mi madre, si no es mi padre
- Segundo grado de afinidad:
- Cónyuges de mis hermanos/as
- Abuelos/as de mi cónyuge
- Cónyuges de mis nietos/as
- Mis hermanastros/as (entendiendo como hermanastro/a el hijo/a del cónyuge de mi padre/madre con el que no comparto ningún lazo de sangre)
- Tercer grado de afinidad:
- Cónyuges de mis tíos/as (cónyuges de los hermanos/as de mis padres)
- Cónyuges de mis sobrinos/as
- Tíos de mi cónyuge y sus cónyuges
- Sobrinos de mi cónyuge y sus cónyuges
Regulación
El parentesco es una figura legal que constituye el vínculo que existe entre las personas de una familia y se encuentra regulado en el artículo 35 y siguientes del Código Civil de Colombia.
Parentesco de consanguinidad
La consanguinidad es el parentesco natural entre una persona y otras que tienen los mismos antepasados.
Parentesco de consanguinidad es la relación o conexión que existe entre las personas que descienden de un mismo tronco o raíz, o que están unidas por los vínculos de la sangre.
Parentesco de afinidad
La afinidad es la relación de parentesco que une a las personas por un vínculo legal, es decir se establece a través del matrimonio y los grados de afinidad corresponden con la familia del cónyuge.
Afinidad legítima es la que existe entre una persona que está o ha estado casada y los consanguíneos legítimos de su marido o mujer. La línea o grado de afinidad legítima de una persona con un consanguíneo de su marido o mujer, se califica por la línea o grado de consanguinidad legítima de dicho marido o mujer con el dicho consanguíneo. Así un varón está en primer grado de afinidad legítima, en la línea recta, con los hijos habidos por su mujer en anterior matrimonio; en segundo grado de afinidad legítima, en la línea transversal, con los hermanos legítimos de su mujer.
Grados de consanguinidad
Los grados de consanguinidad entre dos personas se cuentan por el número de generaciones. Así, el nieto está en segundo grado de consanguinidad con el abuelo, y dos primos hermanos en cuarto grado de consanguinidad entre sí.
Líneas de parentesco
En el parentesco de consanguinidad hay líneas y grados. Por línea se entiende la serie y orden de las personas que descienden de una raíz o tronco común.
La línea se divide en directa o recta y en colateral, transversal u oblicua, y la recta se subdivide en descendiente y ascendiente.
La línea o directa es la que forman las personas que descienden unas de otras, o que sólo comprende personas generantes y personas engendradas.
Cuando en la línea recta se cuenta bajando del tronco a los otros miembros, se llama descendiente, por ejemplo: padre, hijo, nieto, biznieto, tataranieto, etc.; y cuando se cuenta subiendo de uno de los miembros al tronco, se llama ascendiente, por ejemplo: hijo, padre, abuelo, bisabuelo, tatarabuelo, etc.
La línea colateral, transversal u oblicua, es la que forman las personas que aunque no procedan las unas de las otras, si descienden de un tronco común, por ejemplo: hermano y hermana, hijos del mismo padre y madre; sobrino y tío que proceden del mismo tronco, el abuelo.
Por línea paterna se entiende la que abraza los parientes por parte de padre; y por línea materna la que comprende los parientes por parte de madre.