Grados de consanguinidad

Los grados de consanguinidad se refieren a la distancia que existe entre un familiar y otro entre los que existe un vínculo de sangre. Existen varias generaciones dentro de una misma familia y aquí se tiene en cuenta la distancia entre una y otra.

Otra forma de entenderlo es como el vínculo sanguíneo que existe entre los familiares y los grados que pueden darse entre estos.

El parentesco es entendido como una figura legal en la que existen varios tipos dentro de los que se encuentra el parentesco debido a la consanguinidad. En el Código Civil de Colombia se encuentra el artículo 35 que define el parentesco de consanguinidad como: “la relación o conexión que existe entre las personas que descienden de un mismo tronco o raíz, o que están unidas por los vínculos de la sangre”.

Parentesco de consanguinidad es la relación o conexión que existe entre las personas que descienden de un mismo tronco o raíz, o que están unidas por los vínculos de la sangre.

Artículo 35 del Código Civil

Este tipo de relación puede darse de manera ascendente o de manera descendente. Según se hable, por ejemplo, de nietos respecto a sus abuelos o de los abuelos en relación con sus nietos.

La definición de lo que son estos grados se puede encontrar expresada en el artículo 37 del Código Civil y dice que:

Los grados de consanguinidad entre dos personas se cuentan por el número de generaciones. Así, el nieto está en segundo grado de consanguinidad con el abuelo, y dos primos hermanos en cuarto grado de consanguinidad entre sí.

Artículo 37 del Código Civil

¿Cuáles son los grados que se contemplan en la ley colombiana?

Los grados de consanguinidad ayudan a entender qué parentesco existe entre los distintos miembros de una misma familia. Según la cantidad de generaciones que existan entre los familiares, se pueden hacer referencia a:

  • Consanguinidad en primer grado. Para el primer grado se habla de la relación que se da entre un padre y su hijo o hijos. Es el grado más cercano que puede existir.
  • Consanguinidad en segundo grado. Aquí se pueden encontrar dos tipos de relaciones. Se hace referencia a la relación existente entre los abuelos y sus nietos, así como el vínculo que se crea entre los hermanos.
  • Consanguinidad en tercer grado. Siguiendo la lógica que existe en el primer y el segundo grado entre un padre y sus hijos o los abuelos y nietos, en el tercer grado se encuentra la relación que se da entre los bisnietos y sus bisabuelos. Entre los tíos y sus sobrinos también está presente el tercer grado de consanguinidad.
  • Consanguinidad en cuarto grado. En este grado se mencionan a los tataranietos y los tatarabuelos. También entran dentro de esta categoría los primos.

Existen otros grados que se desprenden de estos y son aquellos parentescos a los que se les agrega un grado. Por ejemplo, primos en segundo grado o los tíos en segundo grado. Estos no son tan comunes de nombrar, puesto que no son familiares muy cercanos con los que exista un vínculo de manera usual.

Tener este tipo de clasificación permite conocer algunas retribuciones o beneficios del parentesco que existe.

Un claro ejemplo es que se permiten algunos permisos de tipo laboral según el grado de parentesco que exista entre una persona y otra. Las situaciones más habituales se dan en el momento del nacimiento de los hijos o durante hospitalizaciones de personas en primer o segundo grado de consanguinidad.