Es calumnia la imputación de un delito determinado pero falso y que pueda actualmente perseguirse de oficio.
art 412 cp
- Código Penal de Chile
- LIBRO SEGUNDO. Crímenes y simples delitos y sus penas
- TÍTULO OCTAVO. Crímenes y simples delitos contra las personas
- VI. De la calumnia
- Artículo 412
- Artículo 413
- Artículo 414
- Artículo 415
- VI. De la calumnia
- TÍTULO OCTAVO. Crímenes y simples delitos contra las personas
- LIBRO SEGUNDO. Crímenes y simples delitos y sus penas