El que con violencia o fraude impidiere ejercer sus funciones a un miembro del Congreso, de los tribunales superiores de justicia o del Consejo de Estado, sufrirá las penas de reclusión menor en su grado mínimo y multa de once a veinte unidades tributarias mensuales.
art 267 cp
- Código Penal de Chile
- LIBRO SEGUNDO. Crímenes y simples delitos y sus penas
- TÍTULO SEXTO. De los crímenes y simples delitos contra el orden y la seguridad públicos cometidos por particulares
- I. Atentados contra la autoridad
- Artículo 261
- Artículo 262
- Artículo 263 (Derogado)
- Artículo 264
- Artículo 265 (Derogado)
- Artículo 266
- Artículo 267
- Artículo 268 (Derogado)
- Artículo 268 bis
- I. Atentados contra la autoridad
- TÍTULO SEXTO. De los crímenes y simples delitos contra el orden y la seguridad públicos cometidos por particulares
- LIBRO SEGUNDO. Crímenes y simples delitos y sus penas