El que diere falsa alarma de incendio, emergencia o calamidad pública a los Cuerpos de Bomberos u otros servicios de utilidad pública, incurrirá en la pena de reclusión menor en su grado mínimo.
art 268 bis cp
- Código Penal de Chile
- LIBRO SEGUNDO. Crímenes y simples delitos y sus penas
- TÍTULO SEXTO. De los crímenes y simples delitos contra el orden y la seguridad públicos cometidos por particulares
- I. Atentados contra la autoridad
- Artículo 261
- Artículo 262
- Artículo 263 (Derogado)
- Artículo 264
- Artículo 265 (Derogado)
- Artículo 266
- Artículo 267
- Artículo 268 (Derogado)
- Artículo 268 bis
- I. Atentados contra la autoridad
- TÍTULO SEXTO. De los crímenes y simples delitos contra el orden y la seguridad públicos cometidos por particulares
- LIBRO SEGUNDO. Crímenes y simples delitos y sus penas